El arbitraje se ha consolidado como una herramienta clave para la resolución de disputas comerciales en Paraguay. La Ley N° 1879/2002 de Arbitraje y Mediación reconoce la validez y obligatoriedad de las cláusulas arbitrales, en línea con la Constitución Nacional y el Código Civil, asegurando que las controversias pactadas para resolverse mediante arbitraje no sean conocidas por tribunales ordinarios.
Un reciente fallo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Turno de la Capital ratificó este principio. En el caso, tras un contrato de locación entre Stayblue S.R.L. y Blue Tower Ventures Paraguay S.A., una de las partes buscó resolver el conflicto en sede judicial, pese a existir una cláusula arbitral que remitía las disputas al Centro de Arbitraje y Mediación Paraguay (CAMP). El tribunal reconoció la fuerza vinculante del convenio arbitral, declaró su incompetencia y remitió el caso a la jurisdicción arbitral.
Este precedente refuerza la obligatoriedad de las cláusulas arbitrales en Paraguay y evidencia la importancia del respeto de los tribunales ordinarios al pacto de las partes. El fallo confirma que el arbitraje no es un mero formalismo, sino un mecanismo eficaz, especializado y seguro para la resolución de controversias comerciales en el país.nto.
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