El creciente intercambio comercial entre Paraguay y países con los que no se cuentan con tratados internacionales en materia de disputas contractuales ha generado un panorama complejo y desafiante para las empresas tanto nacionales como extranjeras. La falta de acuerdos bilaterales o multilaterales que establezcan claramente la jurisdicción y la ley aplicable — como es el caso, por ejemplo, entre China y Paraguay— genera incertidumbre y dificultades a la hora de hacer valer derechos contractuales.
A diferencia de bloques comerciales consolidados, Paraguay y China se enfrentan a la falta de un marco normativo común que determine el lugar adecuado para la resolución de conflictos, especialmente cuando no existen acuerdos expresos o tácitos entre los países.
Este problema, sin embargo, no se limita únicamente a la falta de acuerdos internacionales. Como bien suele señalar J. Fernando Viveros C., director de Global Investment Consulting y árbitro mediador de SHIAC (Shanghai International Arbitration Center), en muchos casos, la propia cláusula de jurisdicción dentro de los contratos puede agravar la situación, especialmente cuando se estipula que las disputas se resolverán en la jurisdicción del acreedor, en lugar de la del deudor.
Aunque, a primera vista, puede parecer conveniente para el acreedor litigar en su propia jurisdicción, este enfoque puede ser contraproducente en la etapa de ejecución de la sentencia. Ganar un juicio en el país del acreedor no siempre garantiza que esa sentencia pueda ejecutarse de manera efectiva en el país del deudor, donde probablemente se encuentren los activos necesarios para hacer cumplir el fallo.
Desafíos de la ejecución de resoluciones judiciales en el extranjero
En la práctica, demandar en la jurisdicción del deudor es una opción mucho más eficaz para asegurar el cumplimiento de una sentencia. Si bien es posible litigar en el país del acreedor, este tipo de litigio suele enfrentar dificultades cuando llega el momento de ejecutar la sentencia en otro país.
En el derecho internacional privado, el domicilio del deudor juega un papel crucial, ya que facilita el acceso a los bienes del deudor que pueden ser embargados o sujetos a medidas cautelares. Cuando el deudor no tiene presencia ni activos en la jurisdicción del acreedor, obtener una sentencia favorable en dicha jurisdicción puede ser inútil, ya que la ejecución del fallo dependerá de procesos adicionales en el país del deudor.
Iniciar una demanda en la jurisdicción del deudor, aunque en principio pudiese parecer más costosa y menos conveniente para el acreedor, garantiza que el tribunal tenga competencia directa sobre los bienes del deudor, lo que facilita la ejecución de la sentencia. Este enfoque también reduce la posibilidad de enfrentar trabas burocráticas o la necesidad de pasar por largos procesos de reconocimiento de sentencias extranjeras, lo que puede ralentizar considerablemente la obtención de justicia y el cumplimiento efectivo de la sentencia dictada.
Simplificación de procesos legales
Otra ventaja importante de demandar en la jurisdicción del deudor es la simplificación de los procesos judiciales. En las disputas internacionales, las diferencias entre los sistemas legales pueden añadir una capa extra de complejidad, particularmente cuando los tribunales deben interpretar y aplicar leyes extranjeras.
Este tipo de situaciones no solo genera confusión, sino que también eleva los costos del litigio, ya que es común que las partes involucradas deban recurrir a expertos en derecho internacional o en las normativas de otros países. Al optar por litigar en la jurisdicción del deudor, se evita este tipo de complicaciones, ya que el tribunal local aplicará sus propias leyes, haciendo que el proceso judicial sea más ágil y eficaz.
Además, litigar en el país del deudor evita conflictos derivados de la aplicación de diferentes leyes nacionales, un problema común en disputas internacionales. Los sistemas legales tienden a favorecer la interpretación y aplicación de sus propias normas por encima de las extranjeras, lo que puede llevar a decisiones contradictorias o malinterpretaciones en la resolución de conflictos.
Ejecución de sentencias y reconocimiento internacional
Un aspecto clave en la ejecución de sentencias internacionales es el reconocimiento de los fallos emitidos en tribunales extranjeros. Muchos países, a través de sus sistemas legales, muestran reticencia a ejecutar sentencias emitidas fuera de su jurisdicción. Este es uno de los motivos por los cuales litigar en el domicilio del deudor es más efectivo: maximiza las probabilidades de que la sentencia no solo sea reconocida, sino también ejecutada sin la necesidad de pasar por el complejo proceso de homologación de sentencias extranjeras. Como ya se mencionó, en muchos casos, los tribunales locales serán más receptivos a cumplir con las decisiones emitidas por su propia jurisdicción, lo que ahorra tiempo y recursos para las partes involucradas.
La importancia de una cláusula bien redactada
Dada la importancia de estos factores, es fundamental que los contratos internacionales incluyan una cláusula que permita demandar en el domicilio del deudor. Este tipo de cláusula no solo protege los intereses del acreedor, sino que también minimiza los riesgos asociados con la ejecución de sentencias. Además, se evita la necesidad de enfrentarse a procesos adicionales y complicaciones legales derivadas de conflictos de jurisdicción y de ley aplicable.
Conclusión
En las disputas internacionales, una estrategia prudente y efectiva es pactar en el contrato que cualquier litigio se resuelva en la jurisdicción del deudor. Esta opción permite un acceso más directo y expedito a los activos del deudor, simplifica el proceso judicial y garantiza una mayor probabilidad de éxito en la ejecución de la sentencia. Además, previene los conflictos derivados de la aplicación de leyes extranjeras y evita las complicaciones asociadas con el reconocimiento de sentencias internacionales. En resumen, demandar en el domicilio del deudor es la vía más práctica y eficiente para resolver disputas en el ámbito del comercio internacional.
Gabriela Viveros
Paralegal en Altra Legal