El Banco Central del Paraguay (BCP) aprobó en 2025 un esquema de reducción gradual de las tasas máximas de comisión por los servicios de intermediación de pagos realizados con tarjetas de crédito y débito (Resolución Nº 7, Acta Nº 11, del 13 de marzo de 2025).
A partir del 1 de julio de 2026 entró en vigor la segunda y última etapa prevista en el cronograma de implementación, reduciéndose los topes máximos de comisión aplicables a las entidades emisoras y operadoras de tarjetas, del 4% al 3% para operaciones con tarjetas de crédito, y del 3% al 2% para operaciones con tarjetas de débito.
| Vigencia | Tarjetas de crédito | Tarjetas de débito |
| Desde el 1 de julio de 2025 | 4% | 3% |
| Desde el 1 de julio de 2026 | 3% | 2% |
Con esta etapa culmina la implementación del esquema gradual de reducción de tasas dispuesto por el BCP, cuyo objetivo es adecuar las comisiones máximas a estándares regionales, promover la competencia en el mercado de pagos electrónicos, facilitar el acceso de los comercios a estos medios de pago y fortalecer la inclusión financiera.
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