Paraguay aprobó, mediante la Ley N° 7688, el Acuerdo entre Japón y la República del Paraguay para la Promoción y Protección de Inversiones. Su promulgación tuvo lugar el 31 de julio de 2026. El acuerdo se firmó en Asunción el 5 de diciembre de 2025.
Constituye un nuevo paso en el fortalecimiento del marco jurídico aplicable a las inversiones entre ambos países. También refleja el compromiso de Paraguay con la promoción y protección de la inversión extranjera.
Qué protecciones otorga el acuerdo a las inversiones
Las partes contratantes acordaron otorgar una serie de protecciones a las inversiones realizadas en sus respectivos territorios, incluyendo los estándares de trato nacional, nación más favorecida, trato justo y equitativo, protección y seguridad plenas, protección frente a la expropiación, así como la libre transferencia de fondos relacionados con las inversiones, entre otras.
Arbitraje internacional para las controversias de inversión
Asimismo, los países acordaron someter a arbitraje internacional las controversias relativas a inversiones que surjan entre una parte contratante y un inversor de la otra parte contratante.
El inversor podrá optar por someter la controversia al arbitraje bajo el Convenio del CIADI o conforme a las Reglas de Arbitraje de la CNUDMI o, cuando las partes en la controversia así lo acuerden, ante cualquier otra institución o bajo cualesquiera otras reglas de arbitraje.
Entrada en vigor del acuerdo
El acuerdo entrará en vigor el trigésimo día siguiente a la fecha en que se reciba la última de las notificaciones entre las partes. En ellas, las partes se informan mutuamente de la finalización de sus respectivos procedimientos internos. A la fecha, se encuentra pendiente la notificación correspondiente por parte de Japón.
Desde Altra Legal, acompañamos a nuestros clientes en la protección de sus inversiones en cada paso del camino.
Preguntas frecuentes sobre el acuerdo de inversiones entre Japón y Paraguay
¿Qué ley aprueba el acuerdo de inversiones entre Japón y Paraguay?
La Ley N° 7688, promulgada el 31 de julio de 2026. El acuerdo se firmó en Asunción el 5 de diciembre de 2025.
¿Qué protecciones otorga el acuerdo a los inversores?
Trato nacional, trato de nación más favorecida, trato justo y equitativo, protección y seguridad plenas, protección frente a la expropiación y libre transferencia de fondos, entre otras.
¿Cómo se resuelven las controversias entre un inversor y un Estado?
Mediante arbitraje internacional, bajo el Convenio del CIADI o las Reglas de Arbitraje de la CNUDMI. Si las partes lo acuerdan, también ante otra institución o con otras reglas de arbitraje.
¿Cuándo entra en vigor el acuerdo?
El trigésimo día siguiente a la recepción de la última notificación de finalización de los procedimientos internos. A la fecha de publicación, quedaba pendiente la notificación de Japón.
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