El Banco Central del Paraguay, a través de la Superintendencia de Bancos (SIB), dispuso el ajuste del capital mínimo exigido a las entidades bajo su supervisión y lo comunica mediante la Circular SB SG N.º 0001/2026. Dicho ajuste se produce en función de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al año 2025, que cerró en un 3,12%, y de conformidad con las atribuciones legales y reglamentarias que posee.
Las entidades supervisadas (bancos, financieras, casas de cambio, entre otras) deberán adoptar las medidas necesarias para alcanzar el nuevo nivel de capital mínimo durante el primer semestre de 2026, tal como indica el Art. 25 de la Ley de Bancos.
Para mayor detalle sobre los montos actualizados por tipo de entidad, se recomienda consultar el texto completo de la Circular en el sitio web oficial del BCP.
Para más información, contáctanos: Adriana Sánchez (asanchez@altra.com.py) y/o Natalia Gómez (ngomez@altra.com.py)