Facturación electrónica en 2026

Las claves de la facturación electrónica para medianos y grandes contribuyentes en 2026

Se consolida la implementación obligatoria de la facturación electrónica en Paraguay en 2026, con reglas que impactan directamente en las personas físicas y jurídicas categorizadas como medianos y grandes contribuyentes. La Resolución General DNIT N° 21/2024 emitida por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios sienta las bases para este proceso.

La norma ordena la emisión obligatoria y exclusiva de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) a través del Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional (SIFEN), disponiendo el abandono progresivo de los medios de generación no electrónicos.

Desde el año 2026, los contribuyentes incluidos en los grupos 15 a 18 deberán emitir todos sus documentos tributarios únicamente en formato electrónico, conforme al siguiente cronograma:

  • Grupo 15 desde el 2 de marzo de 2026
  • Grupo 16 desde el 1 de junio de 2026
  • Grupo 17 desde el 1 de septiembre de 2026
  • Grupo 18 desde el 1 de diciembre de 2026

A partir de la fecha aplicable a cada grupo, queda prohibida la emisión de comprobantes por medios distintos al electrónico, con excepción del Comprobante de Retención Virtual.

La resolución además establece que los timbrados de documentos preimpresos o autoimpresores perderán vigencia automáticamente desde el día siguiente al inicio de la obligatoriedad, debiendo los contribuyentes comunicar previamente la numeración utilizada y proceder a su baja.

Adicionalmente, a partir del 2 de enero de 2026, todos los proveedores del Estado deberán emitir exclusivamente documentos tributarios electrónicos, salvo el Comprobante de Retención Virtual. Los contribuyentes que, además, se encuentren categorizados como medianos o grandes, se regirán por la fecha de inicio correspondiente a su grupo.

La norma prevé, de manera excepcional y por única vez, la posibilidad de solicitar una prórroga para ingresar al grupo inmediatamente posterior sujeta a presentación fundada y aprobación técnica por parte de la DNIT.

En términos prácticos, el año 2026 consolida la facturación electrónica como estándar obligatorio para los principales contribuyentes del sistema tributario. El incumplimiento de estas disposiciones no solo conlleva riesgos sancionatorios, sino también potenciales impactos operativos, al impedir la emisión válida de comprobantes y la continuidad normal de las operaciones comerciales.

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