07 Dic 2023

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) dictó la Resolución N° 534/23 por la cual se establecen las acciones operativas para la implementación del Decreto N° 736 de fecha 22 de noviembre de 2023, mediante el cual se dispuso la reducción de las multas fijadas por el Decreto N° 8304 del 27 de diciembre de 2017.

A los efectos de implementar el Decreto N° 736/2023, el MTESS dictó la Resolución N°534/23, por la cual se reglamenta la aplicación de reducciones de multas a la inscripción tardía en el Registro Obrero Patronal, la falta de presentación de planillas laborales anuales y la presentación tardía de comunicaciones en la entrada y salida de trabajadores, permisos, vacaciones, amonestaciones, ausencias, apercibimientos, suspensiones, preaviso, accidentes laborales, riesgos y enfermedades profesionales.

La resolución dispone además que las multas establecidas en los artículos 6, 11 y 12 del Decreto N° 8304/2017 (modificado por el Decreto N° 9368/2018) serán generadas de forma automática por el sistema REOP, configuradas por el número de patronal, sistematizadas, consolidadas y agrupadas a través del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de cada empresa, siempre que el sistema detecte algún incumplimiento dentro del periodo comprendido entre la fecha de inicio de actividades de la empresa y la fecha de generación de la liquidación de multas.

Las liquidaciones de las multas impuestas por los incumplimientos serán notificadas a los infractores a través de correo electrónico.

Fraccionamiento del pago de las multas

Las empresas podrán solicitar el pago fraccionado de las multas liquidadas siempre y cuando la sumatoria de las multas e intereses en todos los conceptos superen los 20 jornales mínimos para actividades diversas no especificadas, haya entregado al menos el 20% del monto total liquidado y el fraccionamiento no supere las 10 cuotas.

Los empleadores que durante la vigencia de la resolución se encuentren en incumplimiento con el esquema de fraccionamiento de multas también serán sujetos a la reducción del 50% de los saldos de las cuotas vencidas y por vencer. Sin embargo, para efectivizar esta modalidad, las patronales deberán cancelar todas las cuotas en un solo pago. Por tanto, en caso de no adherirse a esta modalidad de pago, las cuotas serán computadas sin modificaciones desde el 1 de marzo de 2024.

Por otro lado, los empleadores con fraccionamiento que se encuentren al día con sus obligaciones serán beneficiados automáticamente con la reducción del 50% de las cuotas no vencidas.

Vigencia

Finalmente, la resolución establece que el esquema de reducción de las multas fijadas por el Decreto N° 736/2023, estará en vigor desde el 1 de diciembre de 2023 hasta el 24 de febrero de 2024.

Para más información, favor contactar con los abogados Andrea Reiser (areiser@altra.com.py) e Iván Schaerer (ischaerer@altra.com.py).