Posterior al Decreto N°1989 del 27 de junio de 2024 en el que se aprueba un nuevo marco legal de inscripción patronal, comunicaciones y libros mensuales, el MTESS emitió dos nuevas resoluciones relacionadas, en las que establece, (i) un periodo de regularización sin multas y (ii), un procedimiento de automatización de la inscripción patronal y las comunicaciones. En este artículo, compartimos un resumen de ambas resoluciones.
1) Resolución MTESS N°526/2024
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) dictó la Resolución N°526/2024 por la cual se establece un periodo de regularización sin multas, con el objetivo de que los empleadores cumplan con las inscripciones patronales y comunicaciones obligatorias ante el organismo.
A efectos de promover la formalización y la efectiva aplicación del Decreto N°1989/2024, el MTESS dictó la Resolución N°526/2024, por el cual se establece un periodo de regularización sin multas para la inscripción en el registro obrero patronal, las comunicaciones de entrada y salida de trabajadores, permisos, vacaciones, amonestaciones, ausencias, apercibimientos, suspensiones, preavisos, accidentes laborales, riesgos y enfermedades profesionales.
En tal sentido, se establece un periodo de 90 días hábiles, contados desde el 28 de junio de 2024, para que los empleadores regularicen, sin multa, los siguientes trámites:
- Inscripción en el Registro Obrero Patronal los establecimientos principales y sucursales.
- Comunicación de:
- Entrada y salida de los trabajadores
- Permisos y ausencias
- Amonestaciones, suspensiones y apercibimientos
- Accidentes laborales, riesgos y enfermedades profesionales
- Preaviso
Por último, se dispone que, los incumplimientos laborales detectados mediante procesos de inspección y fiscalización serán sancionados conforme a las normativas vigentes y no serán alcanzados por lo dispuesto en el artículo anterior.
2) Resolución MTESS N° 527/2024
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) dictó la Resolución N°527/2024 por la cual se establece el procedimiento de automatización de las inscripciones patronales y comunicaciones de entradas y salidas de trabajadores entre el IPS y el MTESS.
A efectos de promover la formalización de la relación laboral que permita contar con datos e informaciones necesarias para un efectivo y eficaz control de cumplimiento de los derechos de los trabajadores, el MTESS dictó la Resolución N°527/2024 por el cual se establece el procedimiento de automatización de la inscripción patronal y las comunicaciones de entradas y salidas de trabajadores registrados ante el IPS en el MTESS.
En tal sentido, se establece lo siguiente:
Inscripción patronal
- La automatización de la inscripción patronal impactará directamente en el sistema REOP y alcanzará a aquellas patronales registradas en el IPS, afectando los siguientes procesos:
- Inscripciones desde la vigencia del Decreto N°1989/2024
- Inscripciones que cuentan con trabajadores activos antes la vigencia de dicho decreto que no estuvieran registradas ante el MTESS.
- El sistema REOP notificará por correo electrónico al propietario o representante legal de la empresa la inscripción patronal registrada ante el MTESS, así como la contraseña para el acceso al sistema REOP.
Comunicación de entrada y salida de trabajadores
- La automatización de la entrada de trabajadores impactará directamente en el sistema REOP y alcanzará a aquellas registradas en el IPS, afectando los siguientes procesos:
- Entrada de trabajadores desde la vigencia del Decreto N°1989/2024
- Entrada de trabajadores registrado en el IPS antes de la vigencia de dicho que no estuvieran registrados ante el MTESS.
- La entrada de los trabajadores proveniente de registros patronales del IPS en los que no hubieran declarado sucursales será vinculada en el registro patronal del establecimiento principal, pudiendo el empleador modificar los datos de entrada a efectos de reubicar al trabajador según correctamente. Se aclara que esta modificación se podrá realizar únicamente cuando no se hubiera comunicado ningún otro movimiento.
- La automatización de la salida de trabajadores impactará directamente en el sistema REOP y alcanzará a aquellas registradas desde la vigencia del Decreto N°1989/2024.
- El sistema REOP notificará por correo electrónico al propietario o representante legal de la empresa la entrada y salida del trabajador a efectos de realizar las actualizaciones correspondientes.
- El empleador deberá actualizar los datos personales, laborales y complementarios del trabajador en un plazo de 30 días corridos desde la comunicación de la entrada y/o salida, según sea el caso.
Disposiciones finales
- Las comunicaciones de inscripciones patronales, entradas y salidas de empleados realizadas en virtud de la presente resolución serán procesadas sin multa.
- Para garantizar las automatizaciones referidas, las solicitudes de inscripción patronal de empleadores registradas ante el IPS, conforme al Decreto N°8304/17, se confirmarán automáticamente. Esto incluirá las multas correspondientes por inscripción tardía.
Para más información, contactar con Andrea Reiser (areiser@altra.com.py)