Puntos clave de la Ley del Registro Unificado Nacional (RUN)

El Poder Ejecutivo promulgó el pasado 9 de enero de 2025 la Ley Nº 7.424, que crea el Sistema Nacional Unificado Registral y Catastral y el Registro Unificado Nacional (RUN). Esta normativa representa una reestructuración significativa en los procedimientos vinculados al catastro de bienes inmuebles, los asientos registrales y la determinación de su titularidad.

A continuación, destacamos algunos puntos clave que introduce la nueva ley:

  • Se crea el Sistema Unificado Registral y Catastral y el Registro Unificado Nacional.
  • El RUN será un órgano técnico y administrativo del Poder Judicial que tendrá a su cargo la gestión del catastro nacional y los registros públicos relativos a bienes inmuebles. En este sentido, el RUN absorbe y unifica a tres dependencias importantes: Dirección General de los Registros Públicos, dependiente de la Corte Suprema de Justicia, Dirección General del Servicio Nacional de Catastro, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas; y el Departamento de Agrimensura y Geodesia, dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
  • Al centralizar en una única institución las funciones de tres dependencias y establecer una ventanilla única, se pretende simplificar significativamente los trámites que anteriormente debían realizarse por separado en dichas entidades. Uno de los principios rectores de la nueva institución es fomentar la eficacia, la eficiencia y la economía en los procesos administrativos.
  • La creación de esta institución tiene como propósito modernizar el sistema, estableciendo como principio la implementación, actualización, funcionamiento y el mantenimiento de datos a través de sistemas informáticos.
  • Entre sus principios se encuentra la de garantizar el derecho de las personas a recibir información clara, completa y comprensible sobre los datos registrados en sus asientos. Asimismo, la ley busca lograr la identificación registral y catastral de todos los inmuebles, tanto en su aspecto físico, a través de su geolocalización o ubicación geográfica, como en su aspecto jurídico, estableciendo la relación entre los títulos, las personas y los inmuebles correspondientes.

El RUN tendrá vigencia desde la medianoche del mismo día y mes del año siguiente al de la publicación, sin perjucio de que el Poder Ejecutivo y la Corte Suprema de Justicia adopten disposiciones administrativas a los efectos de la adecuación de las estructuras y procedimientos previstos en la ley.

Para más información sobre la nueva ley, contactar con info@altra.com.py.