¿Cómo es el régimen jurídico del Gas Licuado de Petróleo (GLP) en Paraguay?

Siguiendo la línea del artículo anterior, El laberinto regulatorio del sector de combustibles en Paraguay, resulta evidente que el sector de combustibles requiere una revisión normativa constante, considerando su importancia económica, social y estratégica para el desarrollo del país. Para las empresas del sector, comprender este marco no es un ejercicio meramente teórico: incide de forma directa en los plazos de habilitación, en la continuidad operativa y en la exposición a riesgos regulatorios y sancionatorios.

En esta oportunidad, analizamos jurídicamente un producto que forma parte de nuestra vida cotidiana, pero cuya compleja estructura suele pasar desapercibida: el Gas Licuado de Petróleo (GLP), conocido comúnmente como “gas en garrafa”.

El GLP es un combustible compuesto principalmente por propano y butano, obtenido a partir del procesamiento del gas natural y la refinación del petróleo. Debido a sus características, puede almacenarse y transportarse en estado líquido mediante presión, facilitando su distribución. Sin embargo, al tratarse de un producto inflamable, requiere estrictas condiciones de seguridad durante todas las etapas de su cadena de comercialización.

Aunque para el consumidor final la compra de una garrafa parece algo sencillo y común, detrás de ese acto existe una estructura regulada que involucra importadores, plantas de almacenamiento, empresas fraccionadoras, distribuidoras y comercializadores, cada uno sujeto a requisitos técnicos, administrativos y de seguridad específicos.

El GLP constituye un componente relevante de la matriz energética nacional debido a sus múltiples usos en las casas, comercios, shoppings, locales comerciales, industrias y, en determinados casos, como combustible alternativo para los vehículos. Por ello, su regulación no se limita únicamente a la venta del producto, sino que comprende toda la cadena de valor, desde su abastecimiento, almacenamiento, transporte y fraccionamiento, hasta su llegada al consumidor final.

Marco regulatorio del GLP en Paraguay

En Paraguay, la actividad vinculada al GLP se encuentra regulada por un conjunto de normas destinadas a garantizar condiciones adecuadas de seguridad, calidad y control en cada etapa de la cadena.

Entre las principales disposiciones se encuentra la Ley N°2639/2005, reglamentada por el Decreto N° 6461/2005, que establece normas relacionadas con la carga de GLP en vehículos automotores y garrafas de uso doméstico en estaciones de servicio, determinando las condiciones bajo las cuales puede desarrollarse dicha actividad.

Asimismo, el Decreto N°15124/2001 establece la obligatoriedad de la aplicación de las Normas Técnicas Paraguayas del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) referentes al fraccionamiento, distribución, transporte y comercialización del GLP.

Estas normas técnicas establecen procedimientos y requisitos específicos para cada etapa de la cadena, buscando garantizar estándares uniformes de seguridad y calidad en la manipulación del producto.

GLP para uso automotriz

En materia de GLP destinado al uso automotriz, la Resolución MIC N°134/1993 (y sus modificaciones), que reglamenta la distribución y comercialización del GLP para este uso, establece las condiciones aplicables a los distintos actores involucrados en la actividad.

Entre ellos se encuentran:

  1. Estaciones de Servicio de GLP: instalaciones que cuentan con la infraestructura necesaria para el expendio de GLP exclusivamente para automotores mediante surtidores o bocas de expendio, debidamente autorizadas por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC).
  2. Operador: persona física o jurídica responsable de la explotación comercial de la estación de servicio de GLP.
  3. Empresa Distribuidora: empresa autorizada por el MIC que desarrolla actividades de importación, almacenamiento, fraccionamiento, distribución y comercialización de GLP.
  4. Transportista: persona contratada para realizar el traslado del GLP desde las plantas de almacenamiento hasta las estaciones de servicio o puntos de consumo.

La regulación comprende distintas etapas de la cadena, incluyendo la recepción y almacenamiento del producto, transporte, descarga, despacho a usuarios, almacenamiento en tanques, y verificación de calidad y cantidad.

La cadena de suministro y los requisitos para operar

Dentro de esta estructura normativa, una empresa fraccionadora o distribuidora de GLP no puede operar libremente, sino que debe cumplir determinados requisitos técnicos y administrativos.

En este sentido, la Resolución MIC N°591/2024 establece los procedimientos aplicables al almacenamiento, fraccionamiento, distribución, comercialización y habilitación de plantas vinculadas al GLP.

Por ejemplo, respecto a las fuentes de abastecimiento, el artículo 15 dispone que las empresas fraccionadoras, distribuidoras o plantas de almacenamiento podrán abastecerse mediante importación directa o mediante compra local a empresas debidamente habilitadas por el MIC.

De esta manera, la regulación comprende no solo el producto, sino también toda la infraestructura necesaria para su manejo y comercialización, incluyendo plantas de almacenamiento, instalaciones de despacho, centros de distribución y puntos habilitados de venta.

Asimismo, los operadores deben cumplir con las especificaciones técnicas y estándares de seguridad establecidos por el MIC y el INTN. En particular, el MIC administra el Registro Nacional de Garrafas, donde deben encontrarse inscriptos los envases destinados a la comercialización del GLP, garantizando que cumplan con las condiciones técnicas exigidas.

Control de garrafas y protección del consumidor

Uno de los aspectos más relevantes de la regulación se refiere a las garrafas utilizadas por los consumidores. Estos envases deben encontrarse en condiciones técnicas adecuadas, considerando que un mal estado puede representar riesgos durante su utilización.

En este sentido, el Decreto N°1674/2009, que modifica disposiciones del Decreto N°15124/2001, establece requisitos para las empresas fraccionadoras de GLP en garrafas, incluyendo la obligación de contar con una cantidad mínima de envases habilitados y registrados ante el MIC.

Por su parte, el Decreto N°6140/2016, que modifica el Decreto N°6461/2005, establece que las estaciones de servicio no pueden realizar cargas en garrafas cuyo empadronamiento se encuentre vencido. En estos casos, corresponde el canje del envase por otro debidamente habilitado a favor de una empresa fraccionadora autorizada.

Finalmente, las garrafas deben ser sometidas a verificaciones técnicas realizadas por empresas habilitadas por el MIC, a fin de asegurar que los envases utilizados por los consumidores mantengan las condiciones necesarias de seguridad.

El GLP representa mucho más que un producto de consumo cotidiano. Detrás de una simple garrafa existe una cadena económica y regulatoria compleja, donde intervienen diversos actores sujetos a controles técnicos y administrativos.

La regulación paraguaya busca garantizar que cada etapa, desde el abastecimiento hasta la entrega al consumidor final, se desarrolle bajo condiciones adecuadas de seguridad, calidad y protección, equilibrando la actividad empresarial con el interés público.

Puntos clave para su empresa

  • La cadena de valor del GLP está regulada de extremo a extremo: importación, almacenamiento, fraccionamiento, transporte, distribución y venta al consumidor final.
  • Operar sin las habilitaciones correspondientes ante el MIC y el INTN, o con envases fuera de norma, expone a la empresa a riesgos administrativos y sancionatorios.
  • El marco normativo se encuentra disperso en múltiples leyes, decretos y resoluciones, lo que hace recomendable un relevamiento normativo específico según el rol de cada actor en la cadena.
  • Un adecuado cumplimiento normativo no solo evita sanciones, sino que fortalece la seguridad operativa y la reputación de la empresa frente a clientes y autoridades.

Desde Altra Legal, acompañamos y asesoramos a empresas vinculadas al sector energético y de combustibles, brindando soporte jurídico integral en aspectos regulatorios, contractuales, comerciales y de cumplimiento normativo.

Enzo Berino
Abogado en Altra Legal