24 Ago 2023

El 11 de agosto de 2023, el Banco Central del Paraguay (BCP) emitió la Resolución N° 9/23 que establece el Reglamento del Servicio de Participante Patrocinador del Sistema de Pagos del Paraguay (SIPAP).

Como resultado del nuevo Reglamento General del SIPAP aprobado por Resolución N° 1, Acta N° 35 de fecha 11 de julio de 2023, el BCP resolvió aprobar el nuevo Reglamento del Servicio de Participante Patrocinador – SIPAP y en consecuencia, abrogar las resoluciones anteriores que regulaban la materia: Resolución N° 3 Acta N° 30 del 13 de mayo de 2020 y Resolución N° 1, Acta N° 32 del 1 de julio de 2021.

El nuevo Reglamento del Servicio de Participante Patrocinador establece los lineamientos para las instituciones que actúen como patrocinadores del SIPAP y para los sub-participantes del sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR) y el Sistema de Pago Instantáneo (SPI) del SIPAP.

Bajo la reglamentación, el participante patrocinador es la entidad financiera que es participante directo del SIPAP y que actúa en representación de los sub-participantes para que los mismos accedan al servicio del SIPAP. En ese sentido, los sub-participantes son las entidades que no tienen cuenta en el LBTR o el SPI, ni conexión directa al SIPAP, por lo que utilizan las cuentas del participante patrocinador para remitir sus operaciones en el SIPAP.

La reglamentación regula quiénes pueden ser participantes patrocinadores y sub-participantes, así como los procedimientos para lograr la autorización de patrocinador, la cancelación de dicho servicio, las responsabilidades del patrocinador y los requerimientos mínimos a ser contemplados en el contrato de servicio entre el patrocinador y el sub-participante, entre otros.

La principal novedad del nuevo reglamento es que el mismo ahora incluye a las Entidades de Medios de Pagos Electrónicos (EMPEs) como institución elegible como sub-participante del sistema LBTR y SPI, quienes anteriormente no se encontraban incluidos, puesto que únicamente eran elegibles las cooperativas reguladas por el INCOOP.

En caso de dudas, favor contactar con las abogadas Adriana Sánchez (asanchez@altra.com.py) o Gabriela Melgarejo (gmelgarejo@altra.com.py).