29 Ago 2023

El 22 de agosto del 2023 entró en vigor el Convenio de 1970 sobre Obtención de Pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Comercial (Convenio HCCH sobre Pruebas), al cual Paraguay se adhirió el pasado 23 de junio, convirtiéndose en el país contratante número 66.

El Convenio HCCH sobre Pruebas busca promover la cooperación judicial entre los Estados parte para la obtención de pruebas en el extranjero, tanto en materia civil como comercial. Para dicho efecto, el convenio ofrece dos medios efectivos para circunstancias transfronterizas, como lo son (i) las cartas rogatorias, y (ii) los funcionarios diplomáticos, agentes consulares y comisionados.

El convenio explica la función de las cartas rogatorias, aclarando que la autoridad judicial de un Estado contratante podrá solicitar a la autoridad competente de otro Estado contratante, la obtención de pruebas mediante cartas rogatorias (artículo 1). Además, determina que cada Estado contratante deberá designar una autoridad central, cuyo rol principal sea el de recibir las cartas rogatorias expedidas por otros Estados contratantes y remitirlas a la autoridad competente para su diligenciamiento (artículo 2).

Por otro lado, también establece los datos que deberán estar constatados en la carta rogatoria, los requisitos respecto a la lengua que deben emplear, y el procedimiento de cómo se ejecutarán las cartas rogatorias en los Estados contratantes (artículos 3 al 14).

El Convenio HCCH sobre Pruebas también faculta la obtención de pruebas mediante funcionarios, diplomáticos o consulares y por comisarios. En este sentido, establece que un funcionario diplomático o agente consultar de una parte contratante podrá, sin compulsión, obtener pruebas de los nacionales del Estado que representa en el territorio de otro Estado contratante donde esté ejerciendo sus funciones (artículo 15).

Con estos dos medios, el Convenio HCCH sobre Pruebas busca acrecentar la eficacia de la cooperación judicial mutua en materia civil y comercial. Resaltamos igualmente, que éste utiliza un lenguaje tecnológico neutral, permitiendo de esta manera a las partes contratantes utilizar medios tecnológicos en la transmisión y ejecución de las solicitudes.

Resaltamos igualmente que Paraguay también se adhirió al Convenio de 15 de noviembre de 1965 sobre la Notificación o Traslado en el Extranjero de Documentos Judiciales y Extrajudiciales en Materia Civil o Comercial (Convenio HCCH sobre Notificaciones de 1965) el pasado 23 de junio, pero que la entrada en vigor del mismo está prevista para enero del 2024. Dicho convenio cuenta con 82 países contratantes.

En caso de dudas, favor contactarse con los abogados Belén Moreno (bmoreno@altra.com.py) o Esteban Acha (eacha@altra.com.py).