22 Dic 2021

La Ley N° 6822/2021 “De los servicios de confianza para las transacciones electrónicas, del documento electrónico y los documentos transmisibles electrónicos”, fue sancionada por el Senado de la República, con la aceptación del veto del Poder Ejecutivo, que objetó parcialmente el proyecto de Ley, específicamente el Art. 103.

Esta ley tiene por objeto establecer el marco jurídico para la identificación electrónica, el sello electrónico, el sello de tiempo electrónico, el documento electrónico, el expediente electrónico, el servicio de entrega electrónica certificada, el servicio de certificado para la autenticación de sitios web, el documento transmisible electrónico y, en particular, para las transacciones electrónicas.

La objeción del Poder Ejecutivo fue realizada específicamente en relación con el Artículo 103 del Proyecto de Ley. Este artículo establece que las operaciones que impliquen pagos, giros o transferencias de dinero, apertura y administración de cuentas, financiación y/o créditos, gestión de patrimonio y/o de valores gestionada por vía electrónica, la identificación electrónica deberá utilizar medios de identificación electrónica expedidos en virtud de un sistema de identificación electrónica con nivel de seguridad alto. El Poder Ejecutivo en su veto, menciona que la aplicación del Artículo 103: (i) implicaría la generación de factores de exclusión financiera, (ii) configuraría una barrera de acceso para personas de menores recursos a los servicios financieros; y (iii) significaría un incentivo para el uso de dinero en efectivo, lo cual limitaría la apertura de cuentas y su utilización.