El Banco Central del Paraguay reglamenta el Ratio de Cobertura de Liquidez (RCL)

Mediante la Resolución N°13, Acta N°17 del 8 de abril de 2026 el Banco Central del Paraguay (BCP) aprobó el Reglamento del Ratio de Cobertura de Liquidez que introduce estándares específicos para la gestión de la liquidez de las entidades bancarias y financieras.

El Ratio de Cobertura de Liquidez, denominado también RCL o por sus siglas en inglés, LCR – Liquidity Coverage Ratio), es un indicador conforme a los estándares internacionales, que mide la capacidad de las entidades financieras para cumplir de manera oportuna con sus obligaciones en escenarios de estrés en el sistema financiero.

En ese contexto, el BCP establece por primera vez un reglamento específico para el cálculo del Ratio de Cobertura de Liquidez, en el que define como base de cálculo una serie de activos considerados líquidos de alta calidad.

La normativa busca asegurar la tenencia adecuada de activos líquidos de alta calidad que permitan, a las entidades financieras, cubrir las salidas netas de efectivo en un escenario de tensión financiera de 30 días. Además, el reglamento introduce un indicador como base de cálculo del ratio, proporciona definiciones, clasificaciones de activos y pasivos según su nivel de riesgo, y establece un plan de adecuación progresivo para las entidades.

La incorporación de esta regulación no sólo introduce un nuevo indicador de liquidez, sino que también redefine la forma en que las entidades clasifican y gestionan sus activos y pasivos. En particular, introduce criterios de estabilidad y comportamiento que inciden directamente en los modelos de gestión de riesgos, la estrategia de fondeo y la estructura de productos financieros ofrecidos.

Sumado a lo anterior, la Resolución SB SG N°0020/2026 del 13 de abril de 2026, establece la obligación de remisión de información a través de la Red de Comunicación Financiera. En consecuencia, a partir del 8 de junio de este año, las entidades deberán realizar la primera remisión de sus archivos diarios del periodo comprendido desde la última semana de mayo y la primera de junio.          

Por cualquier consulta al respecto, no dudes en contactarnos a Adriana Sánchez  (asanchez@altra.com.py), Natalia Gómez (ngomez@altra.com.py) y/o Iván Schaerer (ischaerer@altra.com.py)