Nuevos decretos sobre Industrias Convergentes y Power to X en Paraguay

El pasado 16 de enero de 2026, el Poder Ejecutivo promulgó dos decretos complementarios que establecen un marco regulatorio para atraer inversiones industriales de alto valor agregado, en el área de la energía, a Paraguay: el Decreto N° 5306/2026 sobre Industrias Convergentes y el Decreto N° 5307/2026 sobre industrias “Energía a X” (Power to X). Ambas normativas ofrecen incentivos tarifarios significativos y estabilidad regulatoria para proyectos intensivos de energía.

Principales disposiciones

  • Política pública sectorial: Ambos decretos establecen como política del Estado el desarrollo de estas industrias, reconociendo su potencial para transformar la matriz productiva nacional y generar encadenamientos productivos sostenibles de largo plazo.
  • Grupos de consumo específicos: Se crean categorías especiales de usuarios eléctricos. El Decreto N° 5306 establece grupos de consumo en Extra Alta Tensión (500kV), Muy Alta Tensión (220kV), Alta Tensión (66kV) y Media Tensión (23kV). El Decreto N° 5307 crea un grupo específico en Muy Alta Tensión (220kV) para industrias “Energía a X”.
  • Tarifas competitivas con estabilidad de 15 años: Ambos decretos fijan tarifas preferenciales en dólares estadounidenses con vigencia garantizada por hasta 15 años, eliminando la incertidumbre sobre costos energéticos. Las tarifas incluyen componentes de potencia reservada y energía consumida, diferenciadas entre horarios punta y fuera de punta. El Decreto N° 5306, además, prevé un mecanismo de actualización anual basado en índices estadounidenses (PPI y CPI) para mantener el valor adquisitivo del dólar.
  • Autoridades de acreditación: El Decreto N° 5306 crea una Comisión Biministerial integrada por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) y el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC) para acreditar Industrias Convergentes. El Decreto 5307 designa únicamente al MIC como autoridad para acreditar industrias “Energía a X”.
  • Planes de encadenamiento productivo: Las empresas interesadas deben presentar planes que incluyan incorporación progresiva de bienes, servicios y mano de obra nacional, vinculación con proveedores locales, y acciones de capacitación y transferencia tecnológica. El Decreto N° 5307 añade además la presentación de planes de incorporación de generación eléctrica propia o contratada directamente.
  • Derogación de normativa anterior: El Decreto N° 5306 deroga expresamente los decretos N° 7551/2017, N° 6371/2016 y N° 7406/2011 sobre industrias electrointensivas, redirigiendo la política energética hacia actividades de mayor valor agregado.

Beneficios para inversores

Estos decretos ofrecen ventajas competitivas significativas para inversiones industriales de gran escala:

  • Previsibilidad y estabilidad: La garantía tarifaria por 15 años elimina uno de los principales riesgos de inversión en proyectos intensivos en capital. Las tarifas en dólares estadounidenses facilitan la planificación financiera internacional y reducen exposición cambiaria.
  • Energía renovable competitiva: Paraguay cuenta con una matriz energética casi 100% hidroeléctrica, permitiendo producción con huella de carbono mínima. La abundancia energética derivada de Itaipú y Yacyretá garantiza suministro confiable para operaciones industriales de escala.
  • Alineación con tendencias globales: Los decretos implementan la estrategia de “powershoring“, que busca reubicar operaciones industriales intensivas en energía hacia regiones con acceso a energía limpia, abundante y económica. Esta tendencia global responde a necesidades de descarbonización, resiliencia de cadenas de suministro y proximidad a mercados. Paraguay se posiciona estratégicamente cerca de América del Norte y Europa, con infraestructura energética ya desarrollada.
  • Proyección económica: Según el informe técnico que sustenta los decretos, los sectores de inteligencia artificial, computación en la nube y tecnologías de transición energética capturarán entre 18% y 34% del crecimiento del PIB mundial para 2040.
  • Desarrollo de capital humano: La radicación de estas industrias genera demanda de talento especializado, traccionando el sistema educativo hacia estándares superiores en áreas como ciberseguridad, gestión de datos, ingeniería química y procesos avanzados.

Implementación y próximos pasos

Ambos decretos establecen un plazo de 30 días calendario para realizar los trámites administrativos necesarios. La Comisión Biministerial (Decreto 5306) y el MIC (Decreto 5307) deberán reglamentar los procedimientos y criterios técnicos de acreditación. La ANDE implementará las medidas operativas correspondientes para el suministro eléctrico bajo los nuevos regímenes tarifarios.

Las empresas interesadas deberán desarrollar sus planes de encadenamiento productivo conforme a lineamientos que establezcan las autoridades competentes, demostrando compromiso con generación de valor local y sostenibilidad.

Estos decretos representan un cambio estructural en la política industrial paraguaya, transformando la ventaja comparativa energética del país en desarrollo industrial concreto y posicionando a Paraguay como destino estratégico para inversiones tecnológicas y de transición energética a nivel global.

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