Recordatorio para sociedades en Paraguay: Obligaciones anuales

Como cada año, es importante recordar a las sociedades anónimas (SA) y a las empresas por acciones simplificadas (EAS) sobre la obligación de convocar y celebrar la asamblea general ordinaria de accionistas, en el caso de las SA y, la reunión ordinaria del órgano de gobierno, en el caso de las EAS, conforme al Art. 1079 del Código Civil paraguayo y al Art. 19 de la Ley N° 6480/2020. En este artículo explicamos las obligaciones más importantes que deben cumplir las sociedades en Paraguay en este sentido.

La asamblea o reunión del órgano de gobierno deberá celebrarse dentro de los primeros cuatro meses posteriores al cierre del ejercicio social, es decir, hasta el 30 de abril de este año.

Durante la asamblea o reunión del órgano de gobierno se deberán tratar los siguientes puntos:

  1. Memoria anual del directorio, balance y cuenta de ganancias y pérdidas, distribución de utilidades, informe del síndico y otras decisiones relacionadas con la gestión de la empresa;
  2. Designación de directores y síndicos, y fijación de su retribución;
  3. Otros asuntos previstos en el estatuto social o propuestos por los accionistas.

Tras su celebración, la asamblea de la SA deberá ser comunicada a la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales (DGPEJBF) en un plazo de 15 días hábiles. En el caso de las EAS, la reunión del órgano de gobierno deberá ser comunicada al sistema del SUACE en el mismo plazo.

Además, conforme al Decreto Reglamentario N° 3241/2020 de la Ley N° 6446/2019, todas las personas y estructuras jurídicas reguladas en el Código Civil paraguayo tienen la obligación de actualizar anualmente los datos registrados en los Registros Administrativos de Personas Jurídicas y Beneficiarios Finales ante la DGPEJBF, con fecha límite hasta el 30 de junio de cada año.

El incumplimiento de estos plazos puede resultar en multas que oscilan entre 50 a 500 jornales mínimos (aproximadamente entre Gs. 5.400.000 a Gs. 54.000.000) o hasta un 30% de las utilidades o dividendos a distribuir entre los accionistas.

Sugerimos que los sujetos afectados a la presente, procedan a revisar y actualizar sus registros de manera anticipada a la fecha límite fijada, con el fin de garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones ante las autoridades pertinentes y prevenir cualquier tipo de inconveniente o sanción.

Para más información, contactar a Andrea Reiser (areiser@altra.com.py) y Agustina Rojas (arojas@altra.com.py).