11 May 2020

En el marco de la emergencia sanitaria, el Gobierno Nacional ha dictado una serie de medidas financieras tendientes a colaborar con la economía actual.

En ese sentido, la reducción de la tasa de la política monetaria, los cambios en el encaje legal y el refinanciamiento y reestructuración de créditos, son algunas de las medidas que implementa el Banco Central del Paraguay (BCP) para apoyar a los bancos y empresas financieras que efectuaron desembolsos a los agentes económicos afectados por la propagación del COVID-19.

El encaje legal se muestra como una herramienta oportuna para la aplicación de políticas monetarias. Pero, ¿cómo funciona? La respuesta es fácil: si se reduce el porcentaje de encaje legal, se produce un aumento en la oferta monetaria. Por el contrario, si el porcentaje se incrementa, entonces la oferta de dinero se reduce.

Ante el escenario económico-social actual, la reducción del encaje legal es una medida acertada que permite a las entidades financieras disponer de más recursos para  otorgar créditos, lo que a su vez impulsaría el consumo de la población.

A sabiendas de ello, el BCP modificó la disponibilidad de encaje legal en moneda nacional y moneda extranjera, a través de la Resolución N.° 7 (Acta N.° 25) y la Resolución N.° 8 (Acta N.° 25), ambas del 16 de abril de 2020, estableciendo lo siguiente:

Sobre los depósitos en moneda nacional, se aplicará la siguiente tasa de encaje legal:

  • Depósito de ahorro a la vista: 18% 
  • Depósitos de plazo de 2 hasta 360 días: 18%
  • Depósitos de plazo de 361 días o más: 0%

El porcentaje máximo de encaje legal que se podría utilizar sobre los depósitos a la vista y aquellos depósitos de plazo de 2 a 360 días, será del 11% de depósitos del público en cada periodo de encaje.

Sobre los depósitos en moneda extranjera, se aplicará la siguiente tasa de encaje legal:

  • Depósito de ahorro a la vista: 24% 
  • Depósitos de plazo de 2 hasta 360 días: 24%
  • Depósitos de plazo de 361 hasta 540 días: 16,5%
  • Depósitos de plazo de 541 días o más: 0%

El encaje legal sobre los depósitos a la vista, los depósitos de 2 hasta 360 días y de 361 hasta 540 días de plazo, podrán utilizar hasta el porcentaje máximo establecido como encaje especial de los depósitos del público en cada periodo de encaje legal conforme al siguiente cuadro:

  

Tipo de encaje Tasa de encaje sobre los depósitos a la vista, de 2 días hasta 360 días de plazo Tasa de encaje sobre los depósitos de 361 días hasta 540 días de plazo
Encaje legal 15% 15%
Encaje especial 9% 1,5%
Total 24% 16,5%

 

Las mencionadas disposiciones entraron en vigencia el 20 de abril de 2020 y se aplicarán hasta el 31 de diciembre de este año.

La Gerencia de Operaciones y Pagos del BCP será la encargada de realizar los cálculos correspondientes.

Los bancos y las empresas financieras podrán solicitar a la Gerencia de Operaciones y Pagos la disposición de los recursos depositados en la Cuenta de Encaje Especial, para la concesión de créditos, así como para la renovación, refinanciación o reestructuración de las carteras, destinados a los sectores afectados económicamente por la propagación del COVID-19.

Así también, las mencionadas resoluciones establecen que el monto del desencaje deberá ser menor o igual a la concesión, refinanciación o reestructuración de los créditos. En caso contrario, el banco o la empresa financiera deberán devolver el monto que la Gerencia de Operaciones y Pagos le indique.

Para mayor información, contacta con Larissa Lacout (llacout@altra.com.py), abogada de Altra Legal.