Durante años, la RG N° 90/21 y normas tributarias concordantes impusieron a los administradores de fideicomisos de garantía un régimen de reporte mensual de comprobantes y la presentación de DDJJ de IVA sin movimientos (en blanco), generando altos costos administrativos y riesgos de multas por meras obligaciones formales. Posteriormente, el Estado paraguayo eximió drásticamente esos requisitos para las fiducias de garantía administradas bajo el programa Che Róga Porã, creando un trato más favorable para esos casos específicos.
En Altra Legal vimos la oportunidad de lograr un hito administrativo para equiparar esos beneficios a todas las fiducias de garantía del país y así abaratar su operativa, reduciendo de manera sustantiva las obligaciones tributarias de forma impuestas a las fiduciarias.
En este marco, tuvimos el privilegio de acompañar a la Asociación de Bancos, Financieras y Entidades Afines (ABAFI) en la presentación de una consulta vinculante que culminó con el exitoso dictado de la reciente Resolución General DNIT N° 36/25.
Se trata de una resolución que marca un antes y un después para el mercado financiero paraguayo: por primera vez se extienden a todos los fideicomisos de garantía los beneficios administrativos que anteriormente estaban reservados únicamente a los fideicomisos creados en el marco del programa Che Róga Porã.
¿Qué cambia con la nueva normativa?
La resolución introduce un esquema mucho más ágil y racional:
- Inscripción simplificada en el RUC: solo con IRE y Registro Anual de Comprobantes (en lugar de la presentación mensual).
- Fin a las DDJJ del IVA sin movimientos: el IVA solo se liquida cuando hay operaciones reales.
- Menos burocracia y menos multas automáticas: baja significativa de costos para fiduciarias y fideicomitentes.
¿Qué significa en la práctica?
El resultado: menos burocracia, menores costos y mayor seguridad jurídica para fiduciarias y fideicomitentes. Este cambio no solo alivia cargas, sino que también fortalece la competitividad de los fideicomisos de garantía en el mercado financiero paraguayo, alineándolo con las menores obligaciones formales que gozan otros instrumentos de garantía como las hipotecas, y con los estándares internacionales más modernos.
En Altra Legal celebramos haber contribuido a este avance normativo y reafirmamos nuestro compromiso en el diseño de soluciones tributarias innovadoras que acompañen el crecimiento y la transformación del sistema financiero paraguayo.
Para más información, contactar con Luis Carísimo (lcarisimo@altra.com.py)