El 30 de agosto del 2024, la Dirección General de los Registros Públicos dictó la Resolución Nº 06/2024 mediante la cual se establece la habilitación del “Registro Especial de Anotación de Boletos de Compraventa de Unidades construidas, a construir o en construcción”, dependiente de la Sección de Propiedad Horizontal.
En este registro se anotarán los boletos de compraventa que tengan como objeto unidades construidas o futuras unidades funcionales o complementarias sometidas al régimen de propiedad por pisos y departamentos.
Los registros deben ser realizados por un escribano público y el plazo de inscripción podrá demorar entre 20 a 30 días hábiles aproximadamente.
Para más información, contactar con la abogada Larissa Lacout (llacout@altra.com.py)