Reglamento ley de juegos de azar

Se reglamenta la nueva Ley de Juegos de Azar: ¿Qué cambia con el Decreto N°3864/2025?

El pasado 8 de mayo de 2025, el Poder Ejecutivo promulgó el Decreto N°3864/2025, reglamentando la Ley N°7438/2025, que modifica y amplía la Ley N°1016/1997 sobre el régimen jurídico para la explotación de juegos de azar (Ley de Juegos de Azar). Este nuevo marco normativo deroga los Decretos N°3206/199 y N°3083/2015.

Este avance reglamentario representa un avance hacia la implementación efectiva de las reformas introducidas en el sector de juegos de azar, con el objetivo de modernizar, fortalecer y regular de forma más eficiente la industria del juego de azar. En Altra Legal ya habíamos analizado los principales aspectos de la nueva ley en el siguiente artículo: https://altra.com.py/paraguay-promulga-la-nueva-ley-de-juegos-de-azar/.

¿Qué aporta realmente este nuevo decreto?

Aunque a primera vista puede parecer que el decreto solo repite disposiciones ya establecidas en la nueva Ley N°7438/2025, su valor radica en que detalla cómo se implementarán en la práctica estos cambios legales introducidos.

En primer lugar, destacamos la reorganización institucional de la CONAJZAR. El decreto confirma que la Comisión Nacional de Juegos de Azar (CONAJZAR) será un órgano desconcentrado de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT). La CONAJZAR tendrá autonomía funcional y administrativa con ciertas excepciones reservadas a la DNIT. La CONAJZAR se conformará por  cinco miembros, que estará presidida por un representante de la DNIT, y conformada por representantes del Ministerio del Interior, de las municipalidades, gobernaciones, y la Dirección de Beneficencia y Ayuda Social.

Se establecen las atribuciones de la CONAJZAR, entre las cuales se destacan: la de autorizar, reglamentar y adjudicar juegos de azar; aprobar nuevas modalidades de juegos; elaborar pliegos de licitación y solicitar su homologación obligatoria a la DNIT; la de aplicar sanciones y resolver recursos administrativos. Todo esto permitirá a la institución contar con más recursos para desenvolverse dentro de sus atribuciones y, sobre todo, luchar contra el juego clandestino.

En segundo lugar, se crea la Dirección General de Juegos de Azar (DGJA), como órgano técnico de apoyo, que tendrá un rol primordial en el establecimiento de estándares técnicos y en la fiscalización operativa del sector. Por ejemplo, la DGJA estará encargada de notificar los estándares y plazos para la adecuación de sistemas informáticos, máquinas y demás implementos utilizados en los juegos, supervisar que los locales de juego respeten una distancia mínima de 200 metros de centros educativos y coordinar con la CONAJZAR la reglamentación de documentación de respaldo para los juegos, entre otros.

Por último, y uno de los puntos más destacados del decreto, es el endurecimiento del régimen sancionatorio para el juego clandestino. Entre las medidas más relevantes se encuentran la clausura y el decomiso inmediato de equipos ilegales, sin necesidad de contar con la firma del titular de local y la destrucción de máquinas ilegales. Esto permite una acción estatal más directa y efectiva ante el incumplimiento de lo que establece la nueva ley.

Este decreto es el paso necesario para dar vida práctica a las reformas introducidas por la Ley N°7438 en la materia. Desde Altra Legal, seguimos monitoreando la evolución del marco normativo del sector y nos encontramos disponibles para asesorar a empresas, inversionistas y operadores interesados en adaptarse al nuevo entorno jurídico de los juegos de azar en Paraguay.

Para más información, contactar con Larissa Lacout (llacout@altra.com.py) y/o María Paula Pérez (mperez@altra.com.py).