Transporte de mercaderías en Paraguay: ¿Quién responde cuando algo sale mal?

Una empresa puede contratar un servicio de transporte pensando que simplemente está pagando el traslado de sus mercaderías de un punto a otro. Sin embargo, desde el momento en que la carga es entregada al transportista, pueden surgir importantes consecuencias jurídicas: ¿quién responde si la mercadería se pierde?, ¿qué ocurre si llega dañada?, ¿puede limitarse la responsabilidad del transportista?, ¿qué sucede si ocurre un accidente durante el traslado?

Estas preguntas son más frecuentes de lo que parecen y adquieren especial relevancia en la actividad empresarial, donde el transporte forma parte esencial de la cadena logística y productiva.

Aunque muchas veces pasan desapercibidos, los contratos están presentes en prácticamente todas las actividades comerciales. Cada vez que una empresa contrata un servicio, se generan obligaciones jurídicas para las partes, desde la prestación del servicio hasta el pago de la remuneración acordada.

En el caso del transporte, la relación contractual puede parecer sencilla: una parte solicita el traslado de una mercadería y otra se compromete a realizarlo a cambio de una remuneración. Sin embargo, detrás de esa operación existen diversas obligaciones relacionadas con la entrega, la conservación de los bienes transportados, los plazos comprometidos y la responsabilidad frente a eventuales daños.

Por ello, el contrato de transporte no debe ser entendido únicamente como un acuerdo para trasladar bienes de un lugar a otro, sino como una herramienta que permite definir obligaciones, asignar riesgos y establecer mecanismos de protección para ambas partes.

El contrato de transporte en Paraguay

En Paraguay, el contrato de transporte se encuentra regulado principalmente por el Código Civil, que lo reconoce como un contrato mediante el cual una parte, denominada porteador o transportista, se obliga, a cambio de una remuneración, a trasladar personas o cosas de un lugar a otro.

Esta definición refleja la esencia de la relación contractual: el transportista asume la obligación de realizar el traslado conforme a las condiciones pactadas, mientras que el contratante debe cumplir con el pago correspondiente.

No obstante, el transporte no implica únicamente un desplazamiento físico. También comprende deberes vinculados con la correcta ejecución del servicio, la custodia de los bienes transportados y la responsabilidad frente a los daños que puedan generarse durante el traslado.

En el ámbito empresarial, esta situación resulta especialmente relevante, ya que muchas compañías tercerizan servicios de transporte sin analizar previamente qué riesgos asume cada parte o qué mecanismos contractuales existen para proteger sus intereses. Esta complejidad se acentúa en operaciones de comercio exterior, donde el contrato de transporte se inserta en una cadena contractual más amplia que incluye el contrato de compraventa internacional y, frecuentemente, un contrato de seguro.

En ese contexto, los Incoterms 2020 —reglas elaboradas por la Cámara de Comercio Internacional— constituyen una herramienta clave, ya que determinan en qué momento y lugar se transfiere el riesgo sobre la mercadería del vendedor al comprador, y quién tiene la obligación de contratar el transporte y el seguro. Conocer qué Incoterm rige la operación es, por tanto, indispensable para entender quién responde ante el transportista y desde qué punto.

Responsabilidad en el transporte de mercaderías

En el transporte de cosas intervienen principalmente tres sujetos: el remitente o cargador, quien entrega la cosa para su transporte, el porteador o transportista, quien se encarga de trasladarla, y el destinatario, quien debe recibirla en el lugar del destino.

El remitente tiene la obligación de proporcionar información adecuada sobre la carga, incluyendo su naturaleza, cantidad, peso, características y cualquier otra información necesaria para la correcta prestación del servicio.

Esta obligación es fundamental, ya que una información incorrecta o incompleta puede afectar la seguridad del traslado, generar costos adicionales y modificar la asignación de responsabilidades entre las partes.

Por su parte, el transportista recibe determinados bienes con la obligación de trasladarlos y entregarlos en el lugar de destino correspondiente. En ese contexto, asume un deber de custodia sobre la mercadería desde el momento de su recepción hasta su entrega. Es decir, su obligación no se limita a una simple prestación de traslado, sino que comprende deberes adicionales vinculados con la correcta ejecución del servicio, la seguridad del transporte y la conservación de los bienes entregados.

En el caso del transporte de personas, este deber se traduce en la obligación de brindar las condiciones necesarias para que el pasajero llegue a destino de manera segura.

El artículo 937 del Código Civil establece que el porteador responde por la pérdida y avería de las cosas entregadas para el transporte desde que las recibe hasta su entrega al destinatario, salvo que pueda demostrar que el daño provino de una causa ajena a su responsabilidad, como un caso fortuito, la naturaleza propia de la cosa, defectos de embalaje o hechos atribuibles al remitente o destinatario.

Cabe señalar que la responsabilidad mencionada anteriormente opera en el marco del transporte nacional. En el transporte internacional, las reglas aplicables pueden diferir según el modo de transporte y los convenios internacionales vigentes, además de verse condicionadas por el Incoterm pactado en el contrato de compraventa subyacente, que puede haber trasladado el riesgo al comprador antes de que la mercadería sea entregada al transportista en destino.

Esto significa que el transportista no responde únicamente por no realizar el traslado, sino también por los daños que puedan afectar a la mercadería durante el tiempo en que se encuentra bajo su custodia.

Asimismo, cuando el transportista recibe la carga sin formular observaciones sobre el estado del embalaje, puede generarse una presunción respecto de la inexistencia de defectos aparentes en el momento de la recepción.

¿Qué debería revisar una empresa antes de contratar transporte?

Antes de contratar un servicio de transporte, una empresa debería analizar, entre otros aspectos: ¿Quién asumirá la responsabilidad por pérdida, daño o demora en la entrega de la mercadería?; ¿El transportista cuenta con seguros adecuados para cubrir posibles contingencias?; ¿Está permitido subcontratar el servicio?; ¿Quién responderá frente a un incumplimiento del tercero?; ¿Cómo se documentará la entrega y recepción de la carga?; ¿Qué mecanismos existen frente a incumplimientos o retrasos?; ¿Existen límites de responsabilidad establecidos en el contrato?

En operaciones de comercio exterior:

¿Qué Incoterm rige la compraventa subyacente?; ¿Quién tiene la obligación de contratar el transporte y el seguro según el Incoterm acordado?; ¿En qué punto se transfiere el riesgo sobre la mercadería?

Un contrato de transporte correctamente estructurado permite reducir incertidumbres, prevenir conflictos y establecer con claridad qué obligaciones corresponden a cada parte.

El transporte implica mucho más que trasladar una mercadería de un punto a otro. Durante ese recorrido pueden surgir riesgos económicos y jurídicos que, si no están adecuadamente previstos, pueden generar importantes consecuencias para las empresas.

Comprender el alcance del contrato de transporte permite tomar mejores decisiones comerciales, asignar correctamente los riesgos y proteger la continuidad de las operaciones.

Enzo Berino
Abogado en Altra Legal